Algunas de nuestras Acciones respecto a la postura sobre el «Convenio»

Rubén López, presidente de @FOTO La Palma

Se ha creado una polémica a raíz del escrito presentado al Sr. Presidente del Cabildo Insular de La Palma, en la que se le solicita una cita junto al Consejero de Turismo y los Técnicos del Área, para que se nos explique la situación creada por la publicación en el BOE del convenio tripartito entre el IAC, el Cabildo y el Ayuntamiento de Garafía.

Esta situación ha desembocado en varias entrevistas radiofónicas a nuestro Presidente Rubén López, y diferentes citas con distintos cargos y estamentos políticos, aunque seguimos pendientes de la reunión solicitada con el Sr. Presidente del Cabildo, Consejero de Turismo y Técnicos del Área. En concreto ha sido entrevistado el 10 de mayo en la COPE, el 11 de mayo en 7.7 Radio y en la Cadena SER, el 12 de mayo para RTVE.

En todas ellas ha intentado explicar el porqué de este escrito y las consecuencias nefastas que pueden salir de cara al futuro por el Convenio firmado, que aunque parece centrado en el Centro de Visitantes y su gestión, hay algunos puntos que parece que abarcan más ampliamente algunas atribuciones.

Hasta hoy no nos han contestado a nuestra petición de cita, y ante esto nos preguntamos si tienen algo que esconder, o piensan que no es necesario entrevistarse con los representantes de un grupo legalmente establecido, puesto que no creen que vayan a obtener rédito político alguno. Podrían hacer una reunión convocando a todas las partes implicadas.

De todas formas no vamos a cejar en nuestro empeño de hacer todo lo que esté en nuestra mano como aficionados a la fotografía y amantes de la isla, para que podamos seguir disfrutando de nuestro cielo nocturno.

Nos llama la atención lo que ha dicho en una entrevista en la Cadena SER el Sr. Camacho, Consejero de Turismo del Cabildo Insular de La Palma, que dijo textualmente:

Podemos volver a subir a los Andenes, podemos disfrutar, podemos sacar fotografías y podemos llevar a cabo todas las actividades que hasta hoy se están haciendo. El fondo de este convenio es proteger aún más la observación astronómica en el sentido de que desde el año 1988 estaba esa Ley del Cielo que también regulaba esos 1500 metros, eso existe publicado también en el Boletín del 3 de noviembre del 88”.

Nos llama la atención en lo que dice varios puntos:

  1. “Podemos volver a subir a los Andenes”. ¿Es que no se podía subir a los Andenes?
  2. “…a los Andenes”. ¿Es que solo se puede subir a los Andenes, no podemos subir al Roque de Los Muchachos?
  3. “…podemos llevar a cabo todas las actividades que hasta hoy se están haciendo”. ¿Es que estaban prohibidas algunas de todas esas actividades?
  4. El fondo de este convenio es proteger aún más la observación astronómica”. ¿Proteger la observación astronómica, es que está desprotegida? Desprotegidos si nos encontramos la ciudadanía frente al IAC.
  5. “…desde el año 1988 estaba esa Ley del Cielo”. La Ley del Cielo está vigente, está muy clara y no tiene nada que ver con el Convenio que nos atañe.

Ante estas afirmaciones entendemos que el Sr Consejero ha mezclado algunos datos, y confunde o erra el que podamos volver a subir a los Andenes, que no dice al Roque, sino a los Andenes, suponemos que si podemos volver es que antes no podíamos y eso es solo por las restricciones de la Covid-19, no por otras leyes o convenios.

En cuanto a la ley del 88 y el nuevo convenio debemos aclarar algunos puntos, para lo cual podemos leer, lo que se publica en el BOE núm. 264, de 3 de noviembre de 1988, páginas 31451 a 31451, la Ley 31/88 de 31 de octubre sobre Protección de la Calidad Astronómica de los Observatorios del Instituto de Astrofísica de Canarias, y entre otros establece:

Artículo 1. El alumbrado de exteriores, la instalación y funcionamiento de emisoras y el establecimiento de industrias, actividades o servicios productores de contaminación atmosférica, así como otros factores que se revelen degradantes de la calidad atmosférica de los observatorios en la isla de La Palma quedarán sujetos a las limitaciones establecidas en la presente Ley.

Artículo 5.  El Instituto de Astrofísica de Canarias, con sujeción a las limitaciones establecidas en la presente Ley y en el Reglamento que la desarrolle, emitirá informe preceptivo en todos los expedientes de solicitud de licencia que se indican a continuación:

a) Instalaciones de alumbrado exterior.

b) Emisoras radioeléctricas con potencia emisora superior a 250 vatios.

c) Establecimiento de industrias, actividades o servicios que hayan de situarse por encima de los 1.500 metros de altitud.

En esta Ley 31/88, y según su artículo 5 queda claro que hay que “solicitar licencia” para el establecimiento de industrias, actividades o servicios que se sitúen por encima de los 1500 metros, y que es el IAC el que emitirá un “informe preceptivo”, pero en ningún caso ni lugar dice que es el IAC el que tenga que consentir previa y explícitamente cualquier actividad nocturna por encima de los 1500 metros.

Este punto sí que se recoge en el Convenio suscrito entre el Instituto de Astrofísica de Canarias con el Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de Garafía, según se puede leer en la Resolución de 25 de marzo de 2021, del Instituto de Astrofísica de Canarias publicado en el BOE núm. 87, de 12 de abril de 2021, páginas 40884 a 40891, que dice en su cláusula Sexta:

El Consorcio Público Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC), como Organismo Público de Investigación, y sin perjuicio de su naturaleza consorcial, se relaciona con la Administración General del Estado a través de la Secretaría General de Investigación, de acuerdo con el artículo 2.5. del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

Según los Acuerdos Internacionales en materia de Astrofísica, el IAC tiene encomendado por ley la protección de calidad del cielo y de velar para que el uso y disfrute de la zona por parte de los visitantes, no pueda perjudicar en modo alguno sus excepcionales condiciones para el estudio del Universo, y las Administraciones Públicas deben de cooperar para alcanzar estos fines. El funcionamiento del Centro nunca podrá tener un impacto negativo sobre la operación de los telescopios, especialmente en aquello que pueda dañar la actividad de observación y las cualidades del cielo que la permiten. En este sentido, se necesitará el consentimiento previo y explícito del IAC para cualquier actividad nocturna (aquella que se desarrolle entre la puesta y la salida del sol) que se desee realizar en la zona del Roque de los Muchachos por encima de los 1.500 metros de altitud, ya sea dentro o en los alrededores del Observatorio, pudiendo oponerse de manera justificada a todas aquellas actividades que puedan producir efectos nocivos en la observación e investigación astronómica, o que perjudiquen o interfieran con proyectos de investigación del IAC o de las Instituciones presentes o futuras en el Observatorio. Todo pliego de cláusulas administrativas, Convenio, acuerdo o cualquier otro negocio jurídico, que pudiera influir en el estudio y observación astronómica requerirá el previo conocimiento y consentimiento expreso del IAC, sin el cual no podrá ofertarse o suscribirse el mismo.

Según este convenio es el IAC el que tiene que consentir previa y explícitamente cualquier actividad, y eso no es lo que dice la Ley 31/88 como se nos ha hecho creer por más de una persona implicada, entre ellos el Sr. Camacho, tal como ha dicho en la entrevista referida anteriormente.

Seguiremos desde esta asociación intentando todo lo que esté en nuestras manos para que la subida al Roque de Los Muchachos, que no solo a los Andenes, sea libre y pública, como ha sido hasta ahora, que se haga cumplir la Ley 31/88 que está por encima de un “CONVENIO” entre partes (que en un convenio entre partes, son las partes las que están obligadas a cumplir sin que puedan afectar a terceros por un convenio unilateral), y por supuesto que no sea el IAC el que pueda consentir previa y explícitamente cualquier actividad, puesto que no se especifica en qué términos y circunstancias habría que pedir y podrían denegar ese consentimiento, parece mas una cuestión de que «si es para mis amiguetes si consiento y si no pues se fastidian los demás«.

Santa Cruz de La Palma, a 12 de mayo de 2021

JD de @FOTO LA PALMA

P.D. 1 :
Pasados unos días como sigue la polémica, han seguido con las entrevistas, en este caso entrevistan a Miguel Pérez Calero, miembro de la JD de @FOTO La Palma en 7.7 Radio (pincha para oír la entrevista)

P.D. 2:
Siguen surgiendo reuniones y entrevistas, en este caso ha sido a raíz de sendas reuniones con el Consejero de Turismo del Cabildo y con Diputado del Común.
Entrevistan a Rubén López (presidente de @FOTO) y a Tomás Vento (presidente de la Federación Fotográfica Canaria), en este caso ha sido en 7.7 Radio (pincha para oír la entrevista), donde seguimos informando de nuestra postura con respecto al Convenio del CdV (Centro de Visitantes) del Roque de Los Muchachos.

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